En dichos anuncios se promocionan productos, de los cuales no se informa su nombre ni sus componentes, expresando falsamente que los mismos son aptos para el tratamiento o curación de enfermedades de la próstata o cardíacas, o incluso cáncer, diabetes, artritis y otras dolencias graves.
Por todo ello, se recuerda que la función de los suplementos dietarios es la de complementar la ingesta alimentaria, incrementarla, o reemplazar alguno de sus nutrientes. No son aptos ni deben utilizarse para prevenir, tratar o curar alguna enfermedad.
En el marco de estas infracciones a la normativa vigente sobre publicidad de productos de competencia de esta Administración Nacional, se realizaron las acciones pertinentes, intimando a las empresas que se abstengan de publicar los anuncios hasta tanto sean modificados.
Asimismo, el Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad se encuentra trabajando en forma conjunta con la Dirección de Lealtad Comercial, a fin combatir la publicidad engañosa y concientizar a la ciudadanía sobre los riesgos de adquirir productos que se difunden mediante publicidad engañosa.